TÉRMINOS Y CONDICIONES – PROMOCIÓN “BONO 2026”
Conjunto Residencial “El Tulipán”

Resumen del beneficio: (1) Bono por valor de $15.000.000 redimible en una sola de tres opciones: sistema fotovoltaico, acabado en obra blanca o descuento sobre el valor del apartamento; y (2) para compradores que financien la compra con crédito hipotecario Bancolombia, cubrimiento del 50% de los costos de escrituración por parte de la Constructora, conforme a las condiciones de este documento.

1. Objeto de la promoción

Unión Temporal El Tulipán (en adelante, la “Constructora”), con domicilio en Colombia, establece los presentes Términos y Condiciones para la promoción denominada “Bono 2026”, vinculada al proyecto inmobiliario Conjunto Residencial “El Tulipán”. La promoción otorga a los compradores que cumplan con los requisitos aquí previstos un bono por valor nominal de $15.000.000 (quince millones de pesos m/cte), redimible en una (1) de las opciones señaladas en la sección 3. Adicionalmente, cuando la compra se realice mediante crédito hipotecario con Bancolombia, la Constructora cubrirá el 50% de los costos de escrituración que correspondan al comprador, en los términos de la sección 3.5.

Estos Términos y Condiciones se expiden con el fin de informar de manera clara, suficiente y verificable las condiciones de tiempo, modo, lugar, restricciones y requisitos de la oferta promocional, de conformidad con la legislación colombiana aplicable, especialmente la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor). La participación en la promoción supone la lectura y aceptación integral del presente documento.

2. Vigencia y cobertura

Vigencia temporal: la promoción estará vigente desde el 1 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, inclusive, o hasta agotar inventario de unidades elegibles, lo que ocurra primero. Para acceder a la promoción, el comprador deberá vincularse comercial y fiduciariamente al proyecto dentro de dicho periodo, suscribir los documentos correspondientes y cumplir las demás condiciones aquí descritas.

Cobertura: la promoción aplica para las unidades disponibles del proyecto Conjunto Residencial “El Tulipán” que sean ofertadas por la Constructora durante la vigencia de la campaña. La disponibilidad de unidades estará sujeta al inventario vigente informado por la sala de ventas y por los canales oficiales de la Constructora.

Agotamiento o finalización: cumplida la fecha de finalización o agotado el inventario promocional, la promoción terminará automáticamente para nuevas vinculaciones, sin perjuicio de los derechos adquiridos por los compradores que hayan cumplido oportunamente los requisitos durante la vigencia.

3. Beneficios y condiciones de redención

3.1. Bono promocional por $15.000.000

El comprador beneficiario tendrá derecho a un bono único por valor nominal de $15.000.000, redimible en una sola de las tres opciones señaladas a continuación. El bono no es acumulable entre opciones; por tanto, la elección de una alternativa excluye las demás. La selección deberá constar por escrito en la promesa de compraventa, anexo, otrosí, acta comercial o documento equivalente aceptado por la Constructora.

3.2. Opción A – Instalación de sistema fotovoltaico

El comprador podrá redimir el bono en la instalación de un sistema fotovoltaico destinado a una generación estimada de 150 kWh al mes. Esta generación es una referencia técnica estimada y no constituye garantía de producción fija, ahorro determinado en la factura de energía ni resultado permanente, pues depende de variables como radiación solar, sombras, ubicación, condiciones climáticas, mantenimiento, disponibilidad del área de instalación, normas de propiedad horizontal, conexión eléctrica y hábitos de consumo.

La instalación estará sujeta a viabilidad técnica, normativa y operativa, incluyendo, cuando aplique, aprobación de diseños, condiciones de cubierta o zona habilitada, autorizaciones de propiedad horizontal, requisitos del operador de red, disponibilidad del proveedor y compatibilidad con la infraestructura eléctrica del inmueble o del proyecto. Si la instalación del sistema fotovoltaico no resulta viable por causas técnicas, regulatorias o de disponibilidad, el comprador deberá seleccionar una de las otras opciones de redención del bono.

Salvo que la Constructora lo autorice por escrito, esta opción no incluye baterías de almacenamiento, adecuaciones estructurales especiales, ampliaciones de capacidad eléctrica, trámites extraordinarios no previstos, cambios de medidor, obras civiles adicionales, mantenimientos periódicos, suscripciones de monitoreo, reparaciones por uso indebido ni elementos distintos a los expresamente aprobados para la promoción.

3.3. Opción B – Acabado en obra blanca

El comprador podrá redimir el bono en el acabado en obra blanca de su apartamento, conforme al alcance estándar definido para la promoción. Esta opción comprende:

La opción de obra blanca no incluye, salvo pacto escrito en contrario: pisos, enchapes, clósets, muebles de cocina o baño, mesones especiales, divisiones de baño, sanitarios, griferías, iluminación decorativa, electrodomésticos, cortinas, modificaciones eléctricas o hidráulicas, cambios de distribución, diseños personalizados, acabados premium, accesorios, obras adicionales ni cualquier elemento no descrito expresamente en este numeral.

La Constructora podrá utilizar materiales, referencias o proveedores equivalentes en calidad, funcionalidad y valor cuando existan razones de disponibilidad, logística o cambios de mercado, sin que ello constituya incumplimiento de la promoción.

3.4. Opción C – Descuento sobre el valor del apartamento

El comprador podrá redimir el bono como descuento directo por $15.000.000 sobre el valor de venta del apartamento, de conformidad con la lista de precios vigente y los documentos comerciales suscritos. Este descuento deberá reflejarse en la promesa de compraventa, otrosí y/o escritura pública, según corresponda.

El descuento no será entregado en efectivo, no constituye un pago al comprador, no genera devolución posterior y no podrá aplicarse a conceptos distintos al precio del inmueble, salvo autorización expresa de la Constructora. En operaciones financiadas, el descuento podrá modificar el saldo a financiar, el valor a desembolsar por la entidad financiera y/o el saldo a cargo del comprador, de acuerdo con el cierre financiero aprobado.

3.5. Beneficio adicional Bancolombia – Cubrimiento del 50% de escrituración

El comprador que adquiera su apartamento mediante crédito hipotecario con Bancolombia tendrá derecho al cubrimiento por parte de la Constructora del 50% de los costos de escrituración que correspondan al comprador en la compraventa del inmueble. Para acceder a este beneficio, el crédito hipotecario deberá estar aprobado, vigente, aceptado por el comprador y efectivamente desembolsado para la compra del apartamento.

El cubrimiento se realizará mediante pago directo a la notaría, oficina de registro o entidad correspondiente, o mediante el mecanismo operativo que defina la Constructora dentro del proceso de escrituración. En ningún caso este beneficio será entregado en dinero al comprador.

Este beneficio se limita a los costos de escrituración asociados a la compraventa que correspondan al comprador, tales como derechos notariales, impuesto de registro y derechos de registro, según aplique. No incluye, salvo autorización escrita de la Constructora: avalúos, estudio de títulos, gastos bancarios, seguros, intereses, cuotas del crédito, comisiones, gastos de hipoteca, gastos derivados de trámites no atribuibles a la compraventa, sanciones, intereses de mora, certificaciones especiales, autenticaciones adicionales, copias, gastos por incumplimiento del comprador ni costos generados por reprocesos imputables al comprador.

4. Condiciones de elegibilidad del comprador

Para acceder a los beneficios de la presente promoción, el comprador deberá cumplir de forma estricta las siguientes condiciones:

5. Condiciones y modo de entrega de los beneficios

Cuando el beneficio implique pago a proveedores, facturas u órdenes de servicio, la Constructora podrá exigir que los documentos se emitan a nombre de Unión Temporal El Tulipán, NIT 901.415.460-5, con domicilio en Calle 14 #4-168, Villagorgona, Candelaria, Valle del Cauca, teléfono 315-8881000, y que sean remitidos al correo contabilidad@constructorahabitamos.com, o al canal que la Constructora informe.

6. Limitaciones, exclusiones y restricciones

7. Exoneraciones

La Constructora no será responsable por retrasos, cambios de cronograma o imposibilidad de entrega de beneficios derivados de fuerza mayor, caso fortuito, hechos de terceros, disponibilidad de proveedores, restricciones técnicas, decisiones de autoridades, demoras de notarías, fiduciarias, entidades financieras, oficinas de registro, operadores de red, administraciones de propiedad horizontal o cualquier circunstancia ajena a su control razonable.

En el caso del sistema fotovoltaico, la Constructora no garantiza un ahorro fijo en dinero, una reducción específica de la factura de energía ni una producción invariable de 150 kWh mensuales, dado que la generación depende de condiciones técnicas, ambientales y de uso. El comprador deberá atender las recomendaciones de operación, cuidado y mantenimiento entregadas por el proveedor.

Los bienes, equipos, materiales y servicios entregados por proveedores tendrán las garantías legales y/o comerciales aplicables. Las reclamaciones por defectos de fabricación, instalación o calidad deberán tramitarse conforme a la garantía correspondiente, sin perjuicio del acompañamiento razonable que pueda brindar la Constructora.

8. Derechos y deberes del consumidor

El comprador tiene derecho a recibir información clara, veraz, suficiente, oportuna y verificable sobre la promoción, sus condiciones, restricciones, vigencia y procedimientos de redención. La promoción no limita ni desmejora los derechos mínimos del comprador como consumidor de vivienda nueva ni las garantías legales aplicables.

El comprador deberá obrar de buena fe, entregar información veraz, cumplir sus obligaciones de pago y documentación, asistir a las diligencias requeridas, seleccionar oportunamente la opción de redención del bono y utilizar los beneficios conforme a su finalidad. El uso indebido, la falsedad documental o el incumplimiento contractual podrán dar lugar a la pérdida de los beneficios, sin perjuicio de las acciones contractuales o legales correspondientes.

9. Marco legal

La presente promoción se rige por las leyes de la República de Colombia, incluyendo, entre otras, la Ley 1480 de 2011 (Estatuto del Consumidor), las normas civiles y comerciales aplicables a la compraventa de inmuebles, el régimen de fiducia inmobiliaria, el Decreto 960 de 1970 (Estatuto Notarial), la Ley 1579 de 2012 (Registro de Instrumentos Públicos), la Ley 675 de 2001 cuando aplique por propiedad horizontal, y las normas de calidad y garantía de vivienda nueva, incluida la Ley 1796 de 2016 en lo pertinente.

La transferencia del dominio del inmueble se perfecciona mediante escritura pública e inscripción en el folio de matrícula inmobiliaria correspondiente. La aplicación de los beneficios promocionales se interpretará de manera armónica con los documentos de vinculación, promesa de compraventa, escritura pública y demás anexos contractuales suscritos entre las partes.

10. Aceptación, publicación y contacto

La participación en la promoción implica la aceptación expresa de estos Términos y Condiciones. La Constructora podrá dejar constancia de dicha aceptación mediante firma física o electrónica de este documento, anexo comercial, promesa de compraventa, otrosí, acta de elección de beneficio o cualquier documento equivalente.

Estos Términos y Condiciones estarán disponibles para consulta en los canales oficiales de la Constructora y en la sala de ventas del proyecto. Cualquier modificación, aclaración o actualización se informará por los medios de difusión correspondientes, respetando los derechos adquiridos de los compradores que ya hubieren cumplido las condiciones de la promoción.

Para dudas, peticiones o reclamaciones relacionadas con la promoción, el comprador podrá comunicarse con la Constructora a través de sus canales oficiales, sala de ventas, líneas de atención, página web o correo electrónico info@constructorahabitamos.com.

Versión: 1.0 – Fecha de emisión: 01/01/2026. Vigencia: desde el 01/01/2026 hasta el 31/12/2026, inclusive, o hasta agotar inventario de unidades elegibles.