TÉRMINOS Y CONDICIONES PROMOCIÓN “EL TULIPÁN”

1. Objeto de la Promoción

Unión Temporal El Tulipán denominada en el presente termino como la constructora, domiciliada en Colombia, establece los presentes Términos y Condiciones para la promoción de obsequios vinculada al proyecto inmobiliario Conjunto Residencial “El Tulipán”. Esta promoción ofrece incentivos a los compradores de apartamentos que cumplan con las condiciones aquí descritas, consistente en la entrega de uno de los siguientes electrodomésticos de marca MIDEA – lavadora modelo MA512W160/T-CO o nevera modelo MDRT385MTM28COD – y, únicamente para la Etapa 1 del proyecto, el cubrimiento del 100% de los gastos de escrituración del inmueble adquirido. Las condiciones, restricciones y procedimientos de la promoción se detallan a continuación, de conformidad con la legislación colombiana aplicable, en especial el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011). Al participar en esta promoción, el comprador declara conocer y aceptar íntegramente estos términos.

2. Vigencia y Cobertura de la Promoción

Vigencia Temporal: Esta promoción es de tiempo limitado. Para las Etapas 1, 2 y 3 del proyecto “El Tulipán”, la fecha límite para acceder a los beneficios promocionales es el 11 de mayo de 2025 (Día de la Madre en Colombia). En consecuencia, solo los compradores que realicen la vinculación a la fiducia inmobiliaria del proyecto (es decir, que suscriban el contrato de encargo fiduciario y efectúen el pago inicial a través de la fiducia) a más tardar el 11 de mayo de 2025 podrán ser beneficiarios de los obsequios aquí descritos. Si el cliente no ha formalizado su vinculación fiduciaria para esa fecha, no tendrá derecho a reclamar los beneficios de la promoción.

Cobertura por Etapas: La promoción se aplica de la siguiente manera:

Disponibilidad por Inventario: La promoción está sujeta a la disponibilidad de unidades residenciales en cada etapa. En Etapa 1, los beneficios estarán vigentes hasta agotar el inventario de apartamentos disponibles bajo esta fase. En Etapas 2 y 3, la promoción estará vigente hasta el 11 de mayo de 2025 o hasta agotar inventario, lo que ocurra primero. Conforme al artículo 33 de la Ley 1480 de 2011, si no se informa expresamente una fecha de finalización o condición de inventario, la promoción se entendería vigente hasta que se comunique su revocatoria por los mismos medios en que se anunció. En este caso, la fecha límite y la condición de inventario están claramente definidas, por lo que después de cumplido el plazo o agotadas las unidades disponibles, la promoción finalizará automáticamente.

3. Beneficios y Obsequios Ofrecidos

Electrodoméstico de Obsequio: Cada comprador que cumpla con las condiciones de la promoción recibirá un (1) electrodoméstico nuevo marca MIDEA, que podrá ser una lavadora modelo MA512W160/T-CO o una nevera modelo MDRT385MTM28COD. El tipo de electrodoméstico específico (lavadora o nevera) aplicable a cada comprador se definirá de común acuerdo entre la Constructora y el cliente al momento de la firma de la promesa de compraventa, sujeto a la disponibilidad del proveedor. En caso de que, por circunstancias ajenas a la Constructora (ej. disponibilidad del fabricante), no se consiga el modelo exacto referido, la empresa se reserva el derecho de entregar un electrodoméstico de especificaciones y valor equivalentes al anunciado, sin que esto se considere un incumplimiento de la oferta. Los electrodomésticos se entregarán nuevos, con sus debidas garantías de fábrica, y no son susceptibles de cambio por parte del cliente por otro modelo, producto ni dinero en efectivo (ver sección 6).

Cubrimiento del 100% de Gastos de Escrituración (Etapa 1): Adicionalmente, únicamente para los compradores de Etapa 1 que cumplan las condiciones, Union Temporal El Tulipan asumirá el 100% del valor de la escrituración del apartamento adquirido. Este beneficio comprende la totalidad de los gastos notariales, impuestos de registro y derechos de registro necesarios para la formalización de la compraventa del inmueble a favor del cliente. La Constructora realizará el pago directo de dichos gastos en la notaría y ante la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos correspondiente al momento de la firma de la escritura, sin entrega de dinero en efectivo al cliente en ningún caso. Es decir, el comprador no recibirá dinero, sino que se le eximirá del pago de esos conceptos porque la empresa los cancelará directamente por cuenta del comprador. Cabe anotar que, según la normativa colombiana, la transferencia de un bien inmueble debe hacerse mediante escritura pública e inscripción en el registro, lo cual implica costos (derechos notariales, impuesto y derechos de registro) que usualmente son asumidos por comprador y vendedor según acuerdo. En vivienda de interés social (VIS), existen exenciones legales parciales de estos gastos (artículos 33 y 34 de la Ley 1537 de 2012, modificados por la Ley 1687 de 2013); no obstante, bajo esta promoción la Constructora cubrirá el 100% de los gastos de escrituración restantes, garantizando que el comprador de Etapa 1 no deba pagar suma alguna por estos conceptos.

4. Condiciones de Elegibilidad del Cliente

Para acceder a los obsequios y beneficios de la presente promoción, el comprador debe cumplir de forma estricta todas las condiciones que se enumeran a continuación:

5. Condiciones y Modo de Entrega de los Obsequios

La entrega efectiva de los obsequios al comprador estará condicionada al perfeccionamiento de la transacción inmobiliaria a favor del mismo, conforme se detalla seguidamente:

6. Limitaciones, Exclusiones y Restricciones de la Promoción

Esta promoción se ofrece bajo las siguientes limitaciones y exclusiones, las cuales el comprador reconoce y acepta:

7. Exoneración de Responsabilidad de la Constructora

Situaciones de Fuerza Mayor o Caso Fortuito: Union Temporal El Tulipan no será responsable por retrasos, obstáculos o imposibilidad en la entrega de los obsequios o en la efectividad de alguno de los beneficios promocionales, cuando tales circunstancias sean ocasionadas por fuerza mayor o caso fortuito, o por hechos que escapen a su control razonable. Esto incluye, de manera enunciativa mas no limitativa: desastres naturales, huelgas generales, disturbios o disposiciones gubernamentales que impidan temporalmente el normal desarrollo de las actividades notariales o registrales, problemas de orden público, y en general cualquier evento imprevisible e irresistible según la definición del Código Civil (fuerza mayor) que afecte la ejecución de las obligaciones de la Constructora. En tales escenarios, la Constructora podrá reprogramar la entrega del electrodoméstico o la realización de la escritura, según corresponda, una vez superada la contingencia, sin que ello constituya un incumplimiento de su parte.

Demoras Ajenas a la Constructora: Adicionalmente, la Constructora se exonera de responsabilidad por demoras atribuibles a terceros o a trámites legales externos en el proceso de adquisición del inmueble o de la entrega de los beneficios. En particular, no será responsable por:

En todos los supuestos anteriores, la Constructora se compromete a poner sus mejores esfuerzos para mitigar el impacto y agilizar la obtención de los resultados (por ejemplo, seguimiento continuo a la fiduciaria, notaría y registro). Sin embargo, tales retrasos no darán derecho al comprador a reclamar indemnizaciones, intereses, penalidades ni entregas de obsequios anticipadas. La entrega del electrodoméstico seguirá sujeta a que se cumplan los pasos previstos, aun si toman más tiempo de lo inicialmente estimado, y el pago de escrituración se efectuará en el momento que corresponda. El comprador reconoce que estos procesos involucran a terceros y acepta posibles variaciones en los plazos sin atribuir responsabilidad a la Constructora, siempre que no obedezcan a negligencia de ésta.

Calidad del Obsequio: La responsabilidad de la Constructora frente al electrodoméstico se limita a su entrega en las condiciones pactadas. Cualquier reclamación por defectos de fabricación o garantía del producto deberá tramitarse conforme a la póliza de garantía del fabricante MIDEA y la ley de calidad de bienes (Ley 1480/2011, arts. 5 y ss sobre garantía de productos nuevos). No obstante, la Constructora brindará apoyo razonable al cliente en contactarse con el servicio técnico autorizado si fuere necesario. La Constructora no asume garantía adicional distinta a la entregada por el fabricante, dado que actúa únicamente como promotora del bien.

8. Derechos y Deberes del Consumidor

Derecho a Información Clara: El comprador, en su calidad de consumidor, tiene derecho a recibir información clara, veraz, suficiente y oportuna sobre las características de esta promoción, conforme lo exige el Estatuto del Consumidor. Mediante la presente documentación, la Constructora cumple con el deber de informar las condiciones de tiempo, modo, lugar y requisitos de la oferta promocional, en términos comprensibles y accesibles para el público. El cliente puede solicitar aclaraciones adicionales a la Constructora en caso de dudas, antes de la suscripción de la promesa de compraventa, y tiene derecho a que se le entregue copia de estos Términos y Condiciones para su archivo personal.

Obligatoriedad de las Condiciones: Los términos de esta promoción obligan legalmente a la Constructora una vez dados a conocer al público. Esto significa que, cumplidas por parte del consumidor todas las condiciones aquí establecidas, la Constructora deberá otorgar los beneficios prometidos, so pena de incurrir en incumplimiento susceptible de las acciones administrativas o legales correspondientes. De igual manera, el comprador se obliga al cumplimiento de las condiciones y requisitos que le corresponden; el incumplimiento por parte del cliente de sus deberes (por ejemplo, la falsedad en la información suministrada, el no pago del precio, o cualquier acto de mala fe) lo inhabilitará para exigir a la Constructora el cumplimiento de la oferta. Ambos, proveedor y consumidor, deben obrar de buena fe y honrar los compromisos adquiridos en virtud de la promoción (Art. 3 Ley 1480 de 2011, principios de buena fe y equilibrio contractual).

Derechos del Consumidor en Vivienda: La adquisición de vivienda nueva, incluyendo vivienda de interés social (VIS) y no VIS, confiere al comprador una serie de derechos protegidos por la legislación. Entre ellos, el derecho a una vivienda digna y segura, a recibir el inmueble en las condiciones de calidad ofertadas, y a las garantías postventa legales (p. ej., garantía decenal estructural establecida en la Ley 1796 de 2016 para defectos constructivos estructurales). La presente promoción no afecta ni desmejora dichos derechos legales mínimos del comprador; por el contrario, se suma como un beneficio adicional voluntario otorgado por la Constructora. En caso de que el comprador considere vulnerados sus derechos como consumidor en el marco de esta transacción (por ejemplo, si no se entregare el obsequio cumpliendo las condiciones pactadas), podrá recurrir a los mecanismos de protección al consumidor dispuestos por la ley, incluyendo quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC, de conformidad con el Estatuto del Consumidor. No obstante, la Constructora manifiesta su intención de cumplir fielmente con lo aquí ofrecido y de resolver internamente cualquier diferencia de manera directa y amistosa con el cliente, en respeto de sus derechos.

Deber de Uso Adecuado: El consumidor beneficiario de los obsequios deberá hacer uso adecuado y diligente de los mismos. En particular, se advierte que el electrodoméstico recibido debe ser instalado y utilizado siguiendo las recomendaciones del fabricante, con conexiones eléctricas adecuadas y en la ubicación prevista (preferiblemente dentro del inmueble adquirido). Cualquier daño o deterioro del bien por mal manejo, descuido o uso distinto al doméstico normal no será responsabilidad de la Constructora ni del fabricante. Asimismo, el cliente deberá atender los mantenimientos básicos y conservación del aparato para preservar la garantía. En cuanto al beneficio de escrituración, el cliente tiene el deber de destinarlo exclusivamente a formalizar la compra del inmueble; si por alguna razón extracontractual el cliente llegare a recibir algún reembolso o valor residual relacionado con gastos de escrituración (por ejemplo, un reembolso por exceso de pago de impuestos), deberá ponerlo en conocimiento de la Constructora para los ajustes correspondientes, evitando un enriquecimiento sin causa.

9. Marco Legal y Fundamentación Normativa

Esta promoción y el contrato de compraventa del inmueble subyacente se rigen por las leyes de la República de Colombia. A continuación se señalan las principales disposiciones legales relevantes:

10. Aceptación de Términos y Contacto

Aceptación Expresa: La participación en la presente promoción supone la lectura y aceptación expresa de todos los términos y condiciones aquí estipulados. El comprador dejará constancia de dicha aceptación mediante la firma de los documentos comerciales pertinentes (por ejemplo, un anexo de la promesa de compraventa que haga referencia a la promoción, o la firma de estos términos). Si el cliente no está de acuerdo con alguna de las cláusulas, deberá abstenerse de participar en la promoción y podrá optar por adquirir el inmueble en condiciones normales, sin los beneficios ofrecidos. No obstante, una vez adherido a la promoción, tanto la Constructora como el cliente quedarán vinculados jurídicamente por este acuerdo especial, adicional al contrato principal de compraventa.

Consulta de Dudas: Cualquier duda, petición de aclaración o reclamación relacionada con estos Términos y Condiciones o con la promoción “El Tulipán” podrá ser dirigida a Union Temporal El Tulipan a través de sus canales de atención al cliente: dirección de la sala de ventas del proyecto, línea telefónica de servicio, correo electrónico de atención (ej. info@constructorahabitamos.com) y demás medios informados en la publicidad. La Constructora dispondrá personal capacitado para explicar las condiciones aquí plasmadas y solucionar inquietudes de los potenciales compradores, en cumplimiento de su deber de información. En caso de presentarse alguna controversia sobre la interpretación o ejecución de estos términos, las partes procurarán resolverla en forma directa y amistosa; de no ser posible, dicha controversia podrá someterse a la jurisdicción ordinaria colombiana o a los mecanismos de resolución de conflictos establecidos en la promesa de compraventa (por ejemplo, cláusulas arbitrales si existiesen).

Constancia y Publicación: Estos Términos y Condiciones estarán disponibles para consulta pública en el sitio web de la Constructora y en la sala de ventas del proyecto “El Tulipán”. Se tendrá copia de los mismos anexada al Reglamento de Fiducia del proyecto y en las oficinas de la gerencia de ventas. La versión vigente de este documento es la número 1.0 con fecha de emisión 27 de marzo de 2025. Cualquier modificación a las condiciones de la promoción (lo cual solo podría ocurrir dentro del marco legal y respetando los derechos adquiridos de los compradores ya vinculados) será informada por los mismos medios en que se difundió la oferta original, conforme al artículo 33 de la Ley 1480 de 2011.

En fe de lo anterior, estos términos se expiden y divulgan para conocimiento de los consumidores y efectos legales a que haya lugar, respaldando una promoción transparente y ajustada a la normatividad colombiana vigente.